Orientación y coordinación regulatoria

Determinar la vía antes de preparar los formularios

Identifique las obligaciones antes de realizar ensayos.

La tramitación de un dispositivo médico en Brasil comienza con un uso previsto definido, un solicitante brasileño identificado y un inventario de pruebas para cada modelo. ANVISA utiliza la notificación para clases de menor riesgo y el registro para clases de mayor riesgo. Ni un certificado extranjero ni la mera presentación de una solicitud permiten por sí solos comercializar el dispositivo.

Determinar la vía antes de preparar los formularios

Clasifique el producto terminado según su finalidad prevista y la regla de riesgo aplicable, no según la descripción del distribuidor. Para dispositivos que no son de diagnóstico in vitro, la RDC 751/2022 es la norma central. Confirme también si el artículo es realmente un dispositivo médico y si los accesorios o el software requieren un alcance propio.

Clase / procedimientoQué se presentaCondición para comercializar
I–II — notificación (notificação)Notificación y formularios electrónicos y documentos exigidos; expediente técnico completo disponible para inspecciones. En el procedimiento ordinario no existe una revisión técnica previa del expediente.Comprobar asignación y publicación del número de ANVISA; un borrador o recibo de pago no constituye autorización.
III–IV — registro (registro)Solicitud y expediente técnico estructurado sujetos a examen sustantivo de ANVISA, junto con las pruebas exigibles sobre fabricación y conformidad del producto, cuando procedan.Comprobar la concesión publicada en el Diário Oficial da União (DOU) y el alcance autorizado antes de vender.

Los productos de diagnóstico in vitro (IVD), incluidos los instrumentos pertinentes, están regulados por la RDC 830/2023, no solo por la RDC 751. Las clases I–II siguen la notificación y las III–IV el registro, pero cambian las reglas de clasificación y los documentos.

Designar al solicitante y repartir las responsabilidades

Un fabricante extranjero no puede obtener directamente una autorización brasileña a su nombre sin un titular apto establecido en Brasil. El solicitante brasileño necesita su inscripción empresarial y autorizaciones para las actividades realizadas, incluida AFE cuando corresponda. Determine titular, fabricante e importador real antes de preparar la petición; los permisos de importación se revisan aparte.

IntervinienteEntrega necesaria
Fabricante legalFinalidad prevista y lista de modelos firmadas; evidencias de diseño, validación, evaluación clínica/rendimiento y fabricación; plantas de fabricación y autorización otorgada por el fabricante al solicitante brasileño para productos importados.
Titular / solicitante brasileñoCNPJ, acceso ANVISA, permisos de actividad necesarios, código correcto, formularios, tasa, presentación, respuestas a la autoridad y archivo controlado.
Asesor / coordinador regulatorioMemorando de vía, matriz de carencias, índice de versiones, revisión de traducción y etiquetas, seguimiento de requerimientos y entrega de expediente; no sustituye al titular legal.

Preparar el expediente conforme a la lista oficial

Utilice la lista vigente de ANVISA para el assunto de petição elegido y el anexo II de la RDC 751/2022. Este mapa de evidencias no significa que deba cargarse todo en cada notificación: en I–II se conserva el expediente para inspección, mientras que en III–IV se presenta estructurado por capítulos.

  • Identificación: fabricante legal, plantas, solicitante brasileño, nombre, finalidad, usuarios, regla y clase de riesgo.
  • Alcance: variantes, códigos de modelos, accesorios, configuraciones y justificación de producto individual o familia.
  • Técnica: descripción, diseño, fabricación, gestión de riesgos, prestaciones, ensayos, esterilización/vida útil cuando proceda y evaluación clínica acorde a las declaraciones.
  • Presentación comercial: etiquetado e instrucciones en portugués para Brasil coherentes con el uso, advertencias, modelos y expediente.
  • Administración: formularios y firmas requeridos; para productos importados, autorización del fabricante con legalización y tratamiento lingüístico pertinentes.
  • Certificados exigibles según el caso: evaluar CBPF de ANVISA para III–IV y conformidad SBAC/INMETRO para equipos aplicables; documentar si se requieren.

Seis controles en el proceso de presentación

  1. Fijar finalidad, modelos y categoría; distinguir dispositivos ordinarios, IVD y vías especiales.
  2. Justificar regla, clase, régimen y agrupación; elegir producto único o familia antes de presentar.
  3. Verificar CNPJ, acceso a ANVISA, permisos del titular y carta del fabricante; subsanar requisitos previos.
  4. Consultar código y lista vigentes; conciliar evidencias, etiquetas, anexos y condiciones CBPF/INMETRO.
  5. Presentar por el canal electrónico ANVISA aplicable (incluido Solicita cuando proceda), pagar TFVS/GRU y guardar constancia de protocolo.
  6. Vigilar estado y requerimientos, contestar en el plazo comunicado, comprobar la publicación DOU y archivar el alcance aprobado.

Evitar denegaciones y retrasos previsibles

IncidenciaCorrección segura
Regla de riesgo, categoría IVD o código equivocadosReevaluar finalidad y RDC aplicable; escoger la lista correcta antes de pagar.
Fabricante, titular, modelos o familia inconsistentesConciliar poder, formularios, etiquetas y expediente; una aprobación individual no puede convertirse después en familiar.
Faltan formularios, firmas o anexos obligatoriosRevisar cada punto: ANVISA advierte que puede rechazar sumariamente sin solicitar documentación adicional.
CBPF, certificación o pruebas técnicas pendientesExaminar pronto los requisitos: para algunos equipos III–IV el protocolo de CBPF puede permitir la presentación de la solicitud, pero la concesión depende del certificado.

Después de presentar: controlar el alcance aprobado

La notificación no exige renovación periódica, pero está sometida a supervisión. El registro III–IV dura normalmente diez años desde su publicación en DOU. ANVISA señala que la renovación debe solicitarse entre doce y seis meses antes del vencimiento. No son promesas de fecha de resolución.

  • Antes de vender, contrastar publicación, fabricante, modelos, uso previsto, etiquetas y condiciones de certificados.
  • Clasificar cambios de diseño, software, esterilización, planta, fabricante, titular o etiquetas y presentar la modificación exigida antes de implementarla cuando proceda.
  • Conservar evidencias, reclamaciones, vigilancia, acciones correctivas, instrucciones y calendario de renovación; revisar aparte importación y distribución.

Límites del servicio de presentación

Esta página se ocupa de preparar y coordinar la solicitud, presentarla y gestionar los requerimientos. La estrategia de cumplimiento integral, la certificación INMETRO y los expedientes IVD tienen entregables distintos:

Qué debe entregar un encargo de registro

Defina por escrito titular brasileño, modelos, justificación del riesgo, código de petición, capítulos del expediente, carencias, certificados exigibles según el caso, revisión de etiquetas en portugués, acuse de presentación, responsables de contestación y entrega final. Tasas y tiempos dependen del código, tamaño empresarial, producto y pruebas/certificados pendientes; no se promete aprobación ni plazo fijo.

Fuentes oficiales que conviene consultar

Preguntas específicas sobre la solicitud

¿Puede mi fábrica extranjera presentar directamente ante ANVISA?

No como titular de la autorización brasileña. Es necesario un solicitante apto establecido en Brasil y una designación del fabricante antes de presentar.

¿La notificación de clase II elimina el expediente y el número?

No. Debe conservarse la documentación para inspección y verificarse el número de notificación publicado, no solo el borrador.

¿Puedo añadir cualquier modelo a un registro individual de clase III?

No mediante la simple conversión en familia: ANVISA no permite convertir un registro individual en registro de familia ni a la inversa después de la aprobación. Defina la agrupación antes y analice modificaciones aparte.

¿Basta el acuse de solicitud CBPF para conceder un registro de equipo III?

Puede permitir presentar la petición, pero la concesión depende de la emisión del certificado de buenas prácticas.

¿La marca CE o autorización FDA sustituyen a ANVISA?

No automáticamente. Las decisiones extranjeras pueden aportar pruebas o tenerse en cuenta mediante un mecanismo regulatorio aplicable que aproveche evaluaciones extranjeras, pero sigue siendo necesaria la tramitación brasileña.

Responsable de la publicación: Khachatrian Razmik

Última actualización: 2026-10-16

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