Orientación y coordinación regulatoria

¿Quién es la persona responsable? Matriz de decisión

Identifique las obligaciones antes de realizar ensayos.

Todo producto cosmético introducido en el mercado de la UE debe contar con una persona responsable (PR), física o jurídica, establecida en la UE. Una cuenta CPNP, un consultor, un transitario o el acuse de recibo de una notificación no crean por sí mismos esa condición jurídica. Primero hay que determinar quién responde según el artículo 4 del Reglamento (CE) n.º 1223/2009 y si se requiere designación escrita.

Esta página trata sobre quién puede asumir la función, el mandato, los expedientes, la interlocución con autoridades, las obligaciones continuadas y el cambio de PR. No sustituye la evaluación de seguridad ni el trámite detallado de notificación.

¿Quién es la persona responsable? Matriz de decisión

Compruebe fabricación, importación y uso de marca por producto y cadena de suministro. La posición legal inicial no cambia por una denominación contractual.

Comprobación del operador conforme al artículo 2: «Fabricante» es quien fabrica o encarga la fabricación del cosmético y lo comercializa con su nombre o marca; la ubicación de la planta, por sí sola, no identifica al fabricante jurídico. «Importador» es la persona establecida en la UE que introduce por primera vez en su mercado un cosmético procedente de un tercer país. No atribuya estas funciones solo por los documentos de transporte, la dirección del almacén o la cuenta CPNP.

SupuestoRegla inicial del artículo 4Decisión previa al servicio
Fabricante establecido en la UE y producción dentro de la UEEl fabricante es PR por defecto.Puede designar por mandato escrito a otra PR establecida en la UE que acepte por escrito.
Fabricante no establecido en la UE, fabricación en la UE sin reimportaciónEl fabricante debe designar una PR establecida en la UE.Obtener mandato y aceptación escritos antes de la comercialización.
Importación de cosméticos desde fuera de la UECada importador es PR del producto concreto que introduce en el mercado.Revisar mandatos de cada importador afectado; el contrato global de la marca no abarca automáticamente rutas desconocidas.
Distribuidor que usa su nombre/marca o modifica el producto afectando potencialmente la conformidadEl distribuidor pasa a ser PR según el artículo 4.6.Examinar marca y modificación real; no presumir que un proveedor externo elimina ese papel legal.
Distribuidor que solo traduce información para cumplir normativa nacionalLa mera traducción no constituye modificación del artículo 4.6.Comprobar la posible notificación propia del distribuidor del artículo 13.3.

Comprobación de traducción según el artículo 13.3: si un distribuidor ofrece un cosmético en un Estado miembro después de haberse introducido en el mercado de otro y traduce por iniciativa propia algún elemento del etiquetado para cumplir la legislación nacional, debe presentar la notificación específica del distribuidor. Verifique ambos Estados, etiquetas original y traducida, comercialización previa y quién inició la traducción. Esta notificación no equivale a designar una PR.

PR legal frente a usuario del portal CPNP

La PR asume las obligaciones de fondo de los artículos 4 y 5. Un consultor puede preparar datos, un usuario delegado operar CPNP y la marca o el importador facilitar documentos. Estas tareas no trasladan automáticamente la condición legal. Verifique la identidad en la notificación, etiqueta y dirección de acceso al PIF.

El Reglamento no exige un «certificado de PR» general que sustituya el establecimiento en la UE y el nombramiento válido. El evaluador de seguridad cualificado del artículo 10.2 es otra función; la designación como PR no capacita para firmar esa evaluación. CPNP es gratuito; los servicios profesionales pueden tener honorarios.

Designación escrita: seis controles contractuales

Cuando el artículo 4 permite o exige designar una PR, el mandato y la aceptación por la persona establecida en la UE deben constar por escrito. Lo siguiente son controles recomendables, no un modelo oficial obligatorio:

  • Identificar las entidades jurídicas, la PR en la UE y los productos/SKU, marcas y mercados cubiertos.
  • Guardar el mandato, la aceptación escrita, la fecha efectiva y el reparto de mandatos específicos de importadores.
  • Definir el acceso al PIF desde la dirección de la etiqueta y el acceso protegido a fórmulas, CPSR, pruebas y soporte de declaraciones.
  • Repartir entrega de datos, aprobación de etiquetas/CPNP, contacto urgente y escalado frente a autoridades.
  • Prever aviso de cambios de fórmula, fabricante, envase, alegaciones, importador y dirección de la PR.
  • Regular terminación, traslado del expediente y del portal y existencias comercializadas; las indemnizaciones privadas no extinguen deberes legales.

Documentación que debe revisar la nueva PR

Exija entrega individualizada por producto y no un supuesto «certificado CPNP». Los vacíos sustanciales deben resolverse antes de aceptar el lanzamiento.

  • Fórmula final/INCI, especificaciones, uso previsto, exposición, fábricas y declaración de buenas prácticas de fabricación (BPF).
  • Informe de seguridad del producto cosmético (CPSR) actualizado, firmado por evaluador cualificado y correspondiente a la fórmula vendida.
  • Expediente de información sobre el producto (PIF): descripción, CPSR, fabricación/BPF, justificación de alegaciones cuando corresponda y datos de ensayos en animales.
  • Etiquetas y envases definitivos legibles con nombre/dirección PR, origen importado cuando proceda, advertencias, lote y otras menciones.
  • Datos/accesos CPNP, categorías, origen, contacto, fórmula marco y datos sobre nanomateriales/CMR cuando sean pertinentes.
  • Mercados, mapa de importadores/distribuidores, incidentes, reclamaciones, efectos no deseados y cartas de autoridades.

Reparto de tareas: la PR no es un buzón

ÁreaResponsabilidad legal de la PRInformación facilitada por otros
Seguridad previaGarantizar evaluación de seguridad y CPSR antes de comercializar (art. 10).Fabricante, evaluador cualificado y laboratorios aportan pruebas.
PIF y direcciónMantener PIF accesible en dirección de etiqueta durante diez años tras la última partida introducida (art. 11).Marca/fabricante mantiene especificaciones y versiones.
NotificaciónGarantizar CPNP antes de comercializar y actualizar cambios sin demora (art. 13).Consultor o usuario autorizado puede introducir datos sin ser PR.
IncidenciasCorregir, retirar o recuperar según corresponda; informar inmediatamente de riesgos sanitarios y sin demora de efectos graves no deseados (arts. 5 y 23).Marca y distribuidores trasladan quejas y trazan lotes.
InspeccionesCooperar y aportar documentos comprensibles a la autoridad (art. 5).Fabricantes y expertos entregan fuentes originales.

Tres comprobaciones para una representación real

  • Dos importadores independientes: una sola notificación o carta general de marca no determina por sí misma la posición de ambos conforme al artículo 4.
  • Acceso real al PIF: en la dirección de PR de la etiqueta debe poder facilitarse el expediente vigente, no solo redirigir correspondencia.
  • Control de cambios: establecer revisión y posible bloqueo ante nuevas fórmulas, alegaciones, etiquetas o titulares; CPNP no subsana incumplimientos.

Cambio de PR: continuidad y decisión de lanzamiento

Sustituir al proveedor supone transferir responsabilidades de productos, no solo un usuario de CPNP. Antes de operar con la nueva PR, verificar nombramiento, PIF, etiqueta y actualizaciones. El artículo 13.7 exige actualizar sin demora los datos modificados; el artículo 19 obliga a indicar nombre y dirección de la PR.

Control del traspaso en CPNP: confirme con la PR anterior y la nueva, según las instrucciones vigentes del portal, si se puede transferir y actualizar la notificación existente o si corresponde otra vía de notificación. El artículo 13.7 no concede a la nueva PR acceso automático a la cuenta anterior. Compruebe el estado real del expediente junto al mandato, el etiquetado y el acceso al PIF; no basta una captura antigua del CPNP.

  • Inventariar productos, importadores/marcas y PR anterior; separar existencias con etiqueta antigua.
  • Obtener nuevo mandato y aceptación por escrito cuando proceda; recibir PIF/CPSR íntegros y actuales.
  • Verificar identidad de PR en etiquetas y valorar reetiquetado u otras medidas sobre existencias.
  • Actualizar datos CPNP según proceda, asegurar el acceso y archivar justificantes.
  • Asignar reclamaciones históricas, cartas de autoridades, efectos adversos y conservación decenal del PIF; cerrar brechas antes del lanzamiento.

Qué obligaciones no sustituye designar a una PR cosmética

CPNP es una notificación, no una autorización de la UE, licencia de venta ni prueba de inocuidad. La PR no sustituye restricciones de ingredientes, etiquetado, BPF ni CPSR/PIF. Los nanomateriales pueden exigir notificación adicional del artículo 16; determinadas traducciones pueden activar el artículo 13.3 para distribuidores sin cambiar de PR. Decida según los hechos.

Para estrategia y carencias del expediente consulte consultoría de notificación cosmética CPNP; para presentación y entregables de CPNP, servicio de notificación cosmética CPNP; para representación general de productos en la UE, servicios de persona responsable en la UE.

Preguntas sobre la designación de PR cosmética

¿Puede una marca extracomunitaria notificar en CPNP sin PR europea?

No. El artículo 4 requiere PR establecida en la UE. El acceso al portal no la sustituye. Determine si debe designarla el fabricante o cada importador.

¿El importador deja de ser PR al firmar la marca un contrato general?

No automáticamente. El artículo 4.5 atribuye la función a cada importador de su producto salvo designación escrita de ese importador y aceptación escrita de una PR europea.

¿Traducir la etiqueta obliga a nombrar nueva PR?

No por sí solo: la traducción no es modificación a efectos del artículo 4.6. Puede existir, bajo condiciones concretas, notificación del distribuidor del artículo 13.3.

¿Un proveedor CPNP puede custodiar PIF y no atender a autoridades?

Puede prestar apoyo material, pero la PR legal debe facilitar PIF, colaborar con autoridades y gestionar incidencias (art. 5). Un buzón pasivo no basta.

¿Pueden seguir vendiéndose unidades con etiqueta de la PR anterior?

No debe presumirse. Revise stock, mandato nuevo, PIF, etiquetas, cambios CPNP y reclamaciones; determine si procede reetiquetar, corregir o suspender.

Fuentes jurídicas y técnicas oficiales

Responsable de la publicación: Khachatrian Razmik

Última actualización: 2026-10-16

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