Orientación y coordinación regulatoria

Elegir la vía según el IVD concreto, no según su clase extranjera

Identifique las obligaciones antes de realizar ensayos.

Un servicio de registro ante COFEPRIS para dispositivos de diagnóstico in vitro (IVD) debe entregar un expediente mexicano verificable, no una lista genérica. Debe identificar ensayo, muestra, usuarios, plataforma compatible, prestaciones declaradas y presentaciones comerciales.

Primero se fija una ficha de producto: fabricante y plantas; analito y finalidad clínica; resultado cualitativo o cuantitativo; tipo de muestra; población; uso profesional o autodiagnóstico; kit, controles y calibradores; modelos y códigos; mercados en los que el producto está autorizado. Estos datos delimitan lo que puede solicitarse.

Elegir la vía según el IVD concreto, no según su clase extranjera

COFEPRIS distingue registro ordinario, evaluación abreviada basada en autoridades de referencia y procedimientos de determinados productos de bajo riesgo. La clasificación y la cobertura deben comprobarse con la normativa mexicana vigente; una aprobación extranjera no determina por sí sola la vía.

Procedimiento / supuestoDecisión de presentación
Registro ordinario (COFEPRIS-04-060)Se utiliza conforme a sus condiciones cuando el IVD concreto no cumple los criterios de una vía abreviada o de bajo riesgo. La ficha oficial incluye FF-COFEPRIS-21, justificante de derechos y soporte técnico-científico.
Autoridad de referencia (COFEPRIS-04-050)Solo debe considerarse tras cotejar autorización extranjera, autoridad emisora, identidad del producto y criterios vigentes de equivalencia o de aprovechamiento de evaluaciones de autoridades de referencia (reliance). Sigue siendo necesaria una solicitud y decisión mexicanas.
Bajo riesgo (COFEPRIS-04-070)Contrastar la referencia exacta del producto con los listados vigentes y el procedimiento. Ser una prueba rápida o no invasiva no acredita automáticamente el acceso a esta vía.
Posible exención de registroComprobar el producto concreto y su uso previsto en los listados actuales de COFEPRIS. La categoría comercial o la exención de otro producto no constituyen prueba suficiente.

Punto de control: documentar fundamento mexicano, clase de riesgo, justificación de agrupación y lista de documentos de la vía antes de pagar derechos o encargar traducciones.

Determinar solicitante, firma y responsabilidades

El fabricante extranjero, el solicitante o titular mexicano y el distribuidor pueden ser entidades diferentes. Hay que comprobar quién presenta, firma y recibe notificaciones antes de preparar formularios.

IntervinienteTareas y pruebas
Fabricante del IVDValida uso previsto y modelos, facilita datos veraces sobre diseño, fabricación y rendimiento analítico y clínico, y suscribe los documentos exigibles al fabricante.
Solicitante o titular mexicanoAcredita identidad y poderes, controla la solicitud y pagos, la presenta por el canal permitido para su homoclave y sigue los requerimientos y la resolución de COFEPRIS.
Responsable del expedienteRelaciona pruebas con la lista oficial vigente, controla versiones y carencias, prepara materiales en español y redacta respuestas sujetas a la aprobación del solicitante y fabricante.
Importador o distribuidorConfirma cadena comercial, acondicionamiento y operaciones de importación; no interpreta una solicitud pendiente como autorización de venta.

Expediente IVD: pruebas vinculadas a cada afirmación

La ficha oficial separa acreditaciones administrativas, documentación científica y técnica, etiquetado en español y documentos adicionales para importados. Esta tabla es un índice de trabajo: la obligatoriedad concreta depende de la vía y del producto.

Parte del expedienteContenido a comprobar
Documentos administrativosIdentidad y poder del solicitante (instrumento notarial o RUPA según proceda), formulario vigente FF-COFEPRIS-21 y justificante de derechos; destinatario de notificaciones y firmante autorizado.
Identidad y fabricaciónDenominaciones, uso previsto, principio del ensayo, analito, muestra, componentes del kit, compatibilidad con equipos o software, códigos y variantes; proceso de fabricación y pruebas pertinentes de buenas prácticas.
Evidencia analíticaJustificar cada prestación: por ejemplo sensibilidad analítica, precisión, especificidad e interferencias, reactividad cruzada, intervalo de medición, estabilidad y controles de calidad cuando correspondan. No se afirma que todos esos estudios sean obligatorios para todo IVD.
Evidencia clínica y contextoSustentar la finalidad clínica con evaluaciones e informes adecuados a la población y entorno; armonizar puntos de corte, comparadores, limitaciones e interpretación de resultados.
Mercado mexicano y origen extranjeroProyecto de etiqueta y, cuando proceda, instrucciones en español; para importados revisar certificado de libre venta o equivalente, documentación de fabricación y carta de representación cuando los exija la ficha. Verificar legalización y traducción documento a documento.

Control de coherencia: equipo, analito, muestra, uso previsto, prospecto, estudios y certificado extranjero deben identificar el mismo producto comercial. CE o FDA no sustituyen al registro mexicano.

Presentación, requerimientos y cierre del expediente

  1. Cerrar la ficha y decidir justificadamente la agrupación de kits, controles y referencias; registrar las dudas pendientes.
  2. Elegir homoclave y solicitante; obtener ficha, formularios y guías vigentes; verificar si la presentación admitida es presencial o electrónica.
  3. Indexar las pruebas, reunir originales y documentos extranjeros o de fabricación vigentes que correspondan, y aprobar etiqueta e instrucciones en español.
  4. Cumplimentar y firmar el formulario, calcular derechos actuales según la clase confirmada, presentar por el canal permitido y guardar recibo, referencia y copia inalterable del expediente.
  5. Vigilar requerimientos formales de COFEPRIS, asignar responsables, coordinar respuestas y cumplir los plazos efectivamente notificados; archivar la correspondencia.
  6. Contrastar resolución, modelos, uso, titular y condiciones antes de utilizar el registro para la actividad prevista; archivar las versiones aprobadas.

Causas frecuentes de retraso específicas de IVD

RiesgoControl preventivo
Discrepancia de muestra o usoUn estudio en suero no respalda automáticamente una indicación en saliva. Preparar una matriz de afirmaciones y pruebas antes de presentar.
Agrupación de kits y accesoriosCombinar analizador, reactivos, controles y calibradores sin fundamento deja incierto el alcance. Mapear cada código y afirmación.
Vía abreviada sin acreditaciónLa autorización extranjera de una variante similar quizá no ampare el kit mexicano. Comprobar autoridad, vigencia, modelo, indicaciones y reglas de reliance.
Documentos e idiomas incongruentesCertificados vencidos, información obligatoria sin traducir o afirmaciones distintas en la etiqueta española generan requerimientos. Bloquear y verificar versiones.

Obligaciones tras la decisión de COFEPRIS

  • Cambios — Antes de modificar fabricante, indicaciones, muestras, modelos, etiquetado o titular, evaluar si corresponde una modificación administrativa o técnica conforme a los trámites separados de COFEPRIS.
  • Seguimiento poscomercialización — Mantener gestión de reclamaciones, incidentes, medidas correctivas y trazabilidad, incluidas las obligaciones de tecnovigilancia aplicables en México; conservar pruebas y registros de calidad.
  • Vigencia y prórroga — Controlar el vencimiento y consultar con antelación la ficha de prórroga COFEPRIS-04-090. No se garantiza aquí plazo de aprobación ni tasa gubernamental fija.

Entregables de un servicio de presentación de IVD

El encargo debe identificar ficha y ruta aprobadas, matriz de solicitante y poderes, expediente indexado y lista de discrepancias, revisión de etiqueta e instrucciones, comprobante de presentación, registro de requerimientos y verificación del alcance final. La fabricación, la validación de laboratorio y la autorización de la autoridad reguladora no se presentan como prestaciones ya realizadas.

Para presentaciones generales de otros dispositivos, consultar el servicio de registro general. Si aún falta definir el producto, revisar el servicio separado de asesoría estratégica.

Servicio general de registro de dispositivos en México · Consultoría de registro de dispositivos en México

Referencias oficiales de COFEPRIS

Cinco preguntas prácticas sobre IVD

¿Basta una aprobación FDA o marcado CE para acceder automáticamente a la vía abreviada basada en autoridades de referencia (reliance)?

No. Deben verificarse autorización exacta, autoridad de referencia, ruta mexicana e identidad del producto según los criterios vigentes. La autoridad mexicana debe adoptar su propia decisión; no hay reconocimiento automático.

¿Pueden incluirse varios ensayos y controles en una solicitud?

No automáticamente. Preparar una matriz de códigos, reactivos, controles, calibradores y usos; evaluar después la agrupación admisible conforme a criterios mexicanos.

¿Basta el certificado ISO 13485 del fabricante extranjero?

No. La prueba de buenas prácticas puede ser necesaria, pero también deben aportarse documentos de solicitud, producto y etiquetado según la vía. Verificar las condiciones de aceptación del certificado.

¿Puede venderse el IVD durante la evaluación de COFEPRIS?

No presumir que la presentación permite vender o importar. Confirmar estado registral y posibles requisitos independientes de importación antes del envío comercial.

¿Cómo actuar ante un cambio de muestra o finalidad tras aprobarse?

No asumir que el registro actual incluye el cambio. Comparar lo autorizado con lo nuevo, identificar la modificación técnica o administrativa adecuada y obtener evaluación específica.

Responsable de la publicación: Khachatrian Razmik

Última actualización: 2026-10-16

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